La palabra que nos define es un verbo, una maneras sobre ser, la actitud: ayudar.
HOTEL3, en su versioacute;n de GAMA 40 ocurre an utilizar sobre todas las ventajas de la nueva arquitectura debido a observada en los demaacute;s programas sobre esta gama:
– Simplificacioacute;n en la instalacioacute;n desplazandolo hacia el pelo en el registro del programa.- Base de datos SQL.- alternativa sobre conexioacute;n a servidores locales (Firebird) o https://datingranking.net/es/benaughty-review/ en el cloud (MySQL).- Motor de listados sobre enorme potencia.- Arquitectura con preferible solucii?n a las caracteriacute;sticas de las versiones de Windows actualmente en funcii?n.
En caso de que eres usuario sobre GOOGLE CALENDAR TM te interesaraacute; saber que puedes sincronizar tu calendario de utilizar con tu proyecto de gestioacute;n empresarial GESCO3.
En Informagrave;tica3 queremos que la gestioacute;n diaria de tu entidad sea cada diacute;a maacute;s y no ha transpirado maacute;s faacute;cil, por ello invariablemente estamos mejorando nuestros programas.
En Informagrave;tica3 nos dedicamos desde permite 40 antilde;os a desarrollar maacute;s que software: programas sobre gestioacute;n orientados a las pequentilde;as y medianas entidades.
Desde 1980 antilde;os, nos mantenemos cristianos an una idea: optimizar las procesos de gestioacute;n empresarial de estas pymes con nuestros programas.
Hoy en dia, maacute;s sobre 35.000 usuarios confiacute;an en nosotros: empresarios, asesores, contables, gestores, comerciantes, hoteleros y restauradores.
iexcl;No juegues con tu entidad! Trabaja con un software que cumpla la actual legislacioacute;n Antifraude, igual que nosotros.
La novedosa Ley Antifraude establece que los usuarios deberi?n utilizar un plan que garantice integridad y no ha transpirado trazabilidad, con anotacioacute;n desplazandolo hacia el pelo conservacioacute;n de sus desplazamientos.
Revisa que tu software cumpla con esos requisitos:
– Trazabilidad e inalterabilidad de las registros.
– carente interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que nunca quede la debida anotacioacute;n en los sistemas.
En caso de que tu software NO CUMPLE con estas exigencias legales puedes admitir multas sobre 50.000euro; por cada antilde;o fiscal.
Nosotros garantizamos que el software cumple desde octubre 2021 al completo lo Hay En Dia reglado.
Ante la entrada en vigor, en octubre, sobre las artiacute;culos 29.2.j) desplazandolo hacia el pelo 201.bis sobre la Ley General Tributaria (jurisprudencia 11/2021 del 9 de julio), Informagrave;tica3 garantiza a las usuarios el cumplimiento sobre todo precepto que en ella se establezca.
En particular, el artiacute;culo 29.2.j) que establece la “la obligacioacute;n, por parte sobre las productores, comercializadores y no ha transpirado usuarios, de que las sistemas asi como programas informaacute;ticos o electroacute;nicos que soporten las procesos contables, de facturacioacute;n o sobre gestioacute;n sobre quienes desarrollen tareas econoacute;micas, garanticen la integridad, conservacioacute;n, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de las registros, carente interpolaciones, omisiones o alteraciones de estas que no quede la debida anotacioacute;n en las sistemas mismos”.
Para cobrar maacute;s informacioacute;n, puedes contactar con Informagrave;tica3 (info3@info3.es o en el 972 600 800) o con tu representante habitual.
Informagrave;tica3 colabora con AGESFI (Asociacioacute;n Espantilde;ola sobre Gestores Fiscales desplazandolo hacia el pelo de Fincas) para digitalizar las empresas con el software Con El Fin De pymes, comercializando ventajas especificas a todo el mundo las asociados.
Las programas que maacute;s recomendamos de despachos profesionales son:
FINCA3 (Administracioacute;n sobre Fincas).
FISCAL3 (Modelos de Hacienda).
GESCO3 (Gestioacute;n General de Entidad).
CONTA3 (Contabilidad General de Empresa).
NOMINA3 (Noacute;minas asi como Proteccion Social).
El ayer 23 de marzo, la Agencia Espantilde;ola de Proteccioacute;n sobre Datos (AEPD) publicoacute; un comunicado acerca de una resolucioacute;n sancionadora an una compai±ia del sector turiacute;stico por la recogida de las imaacute;genes obtenidas del pasaporte del hueacute;sped en el momento del registro en el establecimiento.
Este comunicado puede leerse aquiacute;.
Esta resolucioacute;n ha generado cierta controversia en el sector turiacute;stico Ya que el establecimiento Solamente usaba la apariencia de las hueacute;spedes en el contexto sobre identificar de manera correcta el control sobre las consumos adentro del hotel, en el entorno sobre una prestacioacute;n sobre servicios a donde la mayoriacute;a sobre cargos individuales podiacute;an quedar incluidos en el coste del alojamiento pactado, identificacioacute;n que puede beneficiar tanto a cliente como al establecimiento puesto que posibilita eludir situaciones de fraude o cargos indebidos.
El causa utilizado por pieza de la AEPD para solventar el procedimiento sancionador, no obstante, considera que las datos a registrar de los documentos sobre identificacioacute;n sobre las clientes deben acontecer los que permitan respetar con las reglas espantilde;olas en registro de viajeros asi como su comunicacioacute;n a las fuerzas asi como cuerpos sobre proteccii?n del estado.
Al no quedar la fotografiacute;a sobre todos estos documentos sobre identificacioacute;n dentro de los datos que deberi?n recogerse de este fin, afirman que el establecimiento nunca puede conseguir estas fotografiacute;as basaacute;ndose en este pretexto.
La AEPD, para terminar, necesita al establecimiento que deje sobre recoger la fotografiacute;a sobre los documentos sobre identificacioacute;n o que adecuacute;e la informacioacute;n en materia sobre proteccioacute;n sobre datos que ofrece a las usuarios en el momento sobre la recogida de datos, y no ha transpirado que indique claramente el apoyo y tratamiento que haraacute; con la forma obtenida.
La Tesoreriacute;a General sobre la conviccion Social va a realizar un procedimiento de actualizacioacute;n masiva de la totalidad de las liquidaciones afectadas por las modificaciones introducidas por la disciplina PCM/1353/2021.
Este desarrollo se va an iniciar el 26 sobre abril sobre 2022 con las liquidaciones de cuotas presentadas en el mes sobre octubre sobre 2021 (periacute;odo sobre liquidacioacute;n sobre septiembre sobre 2021) y continuaraacute; progresivamente, con las liquidaciones sobre cuotas presentadas en los meses sobre noviembre y diciembre de 2021 (periacute;odos de liquidacioacute;n sobre octubre y noviembre sobre 2021).

